Por incumplir los compromisos pactados en materia de la reubicación parcial y ejecución de obras de mitigación en Vegalarga, en alto riesgo, el juez Séptimo Administrativo Tito Alejandro Rubiano Herrera sancionó al alcalde de Neiva, Rodrigo Lara Sánchez y al gerente del proyecto, Elkin Trujillo.
Los dos funcionarios fueron sancionados por desacatar una orden judicial con una multa equivalente a 25 salarios mínimos mensuales (aproximados 20,70 millones de pesos cada uno) convertibles en arresto.
El pacto de cumplimiento aprobado el 25 de abril de 2017 quedó en pañales, después once mesas técnicas y nueve audiencias de verificación.
El plazo de 22 meses concertado para su ejecución se venció el 9 de abril de 2019 sin lograr los avances programados.
“Es evidente que a la fecha, han transcurrido 28 meses, superándose de este modo el plazo adquirido por el propio Municipio de Neiva en la propuesta de pacto de cumplimiento que sometió a aprobación del Juzgado, y que fuera acogida mediante sentencia, lo cual es vinculante para los servidores públicos incidentados”, precisó el juez Séptimo Administrativo de Neiva, Tito Alejandro Rubiano.
“De este modo- dijo- se inobservó el plazo a que se sometió el actuar de la administración, pues no satisfizo en su totalidad ninguna de las líneas de acción que fijó como parámetro para cumplir la sentencia aprobatoria y superar la vulneración de los derechos colectivos bajo amenaza”.
Demora injustificada
En su opinión, esa tardanza impidió enfrentar en oportunidad la amenaza alta y latente a los derechos colectivos a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, y la seguridad pública de los habitantes de los centros dos poblados a los que se hallan expuestos por remoción en masa, inundación del río Fortalecillas, y por sismo.
A juicio del despacho, los servidores incidentados “han faltado a la correcta diligencia y cuidado en el acatamiento de la sentencia aprobatoria de la propuesta de pacto aprobado mediante sentencia, lo que a la postre ha determinado el incumplimiento injustificado de la misma, por las razones que a continuación se exponen”.
Los porcentajes totales de ejecución, sumados en su totalidad como un solo proyecto, no alcanzan a mostrar un avance superior al 50%, según la evaluación del despacho judicial.
Lo acordado
Las obras de mitigación fueron acordadas en el trámite de una acción popular propuesta por la Defensoría del Pueblo.
El plan de acción costaba 24.938 millones de pesos y debía ejecutarse en 22 meses a partir del primero de junio de 2018.
Las acciones para Vegalarga, tendría un costo de 14.370 millones de pesos, según el presupuesto inicialmente estimativo por la administración municipal. Para el centro poblado de Anacleto García costará 10.568 millones de pesos.
La primera fase costaba 1.350 millones de pesos. De estos, la Alcaldía de Neiva se comprometió a girar los primeros 750 millones de pesos, 100 millones la Alcaldía de Tello y 500 millones la Gobernación del Huila. Sólo la Gobernación cumplió con 600 millones de pesos, girados en febrero de 2018.
El despacho judicial destacó los esfuerzos del Banco Agrario y del Ministerio de Agricultura para su otorgamiento de subsidios a las familias objeto de reubicación, a la espera de los censos por parte de las administraciones municipales.
En contraste con el bajo nivel de ejecución de la capital huilense, Tello, a pesar de las diferencias presupuestales, y administrativas existentes entre un municipio de primera categoría primera y uno de sexta, respectivamente; sí haya logrado mayor desempeño de cumplimiento.
Faltó diligencia
“De lo anterior, el Juzgado, considera acreditada materialmente la ausencia de diligencia, cuidado e interés del mandatario municipal de Neiva y del Gerente del Proyecto de Vegalarga, en cumplir con sus funciones respecto de los compromisos adquiridos en el pacto de cumplimiento”.
El plan de acción, contemplaba la reubicación por lo menos a 70 familias ubicadas en alto riesgo no mitigable. Además, obras de bioingeniería para mitigación en los sectores que se encuentran en zona de riesgo alto y medio mitigable.
De igual manera, la reubicación del colegio, el traslado del centro de salud, la ejecución de obras de mitigación, mejoramiento vías, servicios públicos y alertas tempranas.
Obstáculos
La administración admitió que el cronograma se retrasó entre otros aspectos por la realización de estudios de vulnerabilidad de los terrenos no contemplados, la consecución y negociación de los predios y los estudios a nivel de detalle. Además, se sumó la falta de recursos.
Esta situación “conlleva a que, pese a que el derecho colectivo a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente se encuentra protegido por la decisión judicial, en la práctica está siendo vulnerado permanente por el descuido injustificado de las autoridades encargadas de velar por su protección.
“Como este derecho es presupuesto de eficacia de los derechos individuales como la vida o la propiedad de los residentes del centre poblado de Vegalarga, estos derechos también se encuentran comprometidos ante el eventual desastre prevenido técnicamente por la CAM, es decir, por la conducta omisiva de los incidentados.
Amenaza latente
El funcionario judicial reiteró que los habitantes de los dos caseríos se encuentran en zona de alto riesgo no mitigable con ocasión a las distintas amenazas a las que se encuentran expuestos, se cierne a diario la posibilidad de perder la vida.
“No se pueden desconocer las numerosas acciones que se han adelantado, y las buenas intenciones que han sido expresadas por los incidentados, pero ello no es suficiente a la luz de los principios de responsabilidad y legalidad para superar la amenaza comprobada científicamente, alta y latente, de la población en su vida”.
“La comunidad en lugar de esperar eficiencia en sus servidores, debe es esperar con temor a que no se materialice el riesgo, precisamente por la pública e ineficiente ejecución del compromiso que adquirió la administración municipal.
Inadmisible excusa
A pesar de los llamados a la administración para diseñar una estrategia que permita superar la negativa de la comunidad frente al censo, no fue posible para poder continuar con las restantes etapas necesarias para el cumplimiento de lo pactado.
Es inadmisible, que el mandatarlo municipal escude su responsabilidad con fundamento en las distintas y numerosas circulares, requerimientos, y directrices a cada uno de los jefes de las dependencias de la administración, sin que ello vaya acompañado de un seguimiento y control de las actividades a ejecutar.
Tomado de La Nación
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